Accidente de trabajo

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Descripción del servicio

En indemnizauto.com damos un asesoramiento integral para que los trabajadores que han sufrido un accidente laboral puedan reclamar la indemnización que les corresponde siempre y cuando la culpa del accidente no recaiga al 100% en el trabajador y se den determinados supuestos como son: 

  • Falta de formación del trabajador en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Omisión de medidas de seguridad colectivas (redes de seguridad, etc…)
  • Falta del plan de prevención de riesgos laborales.
  • Falta de evaluación de los riesgos del trabajador
  • No entrega de equipos de protección individual (casco, arnés, botas, etc…)
  • Realización de tareas ajenas a la propia del puesto de trabajo.
  • Uso de herramientas defectuosas, no homologadas…
  • Lesiones producidas por un compañero, cliente, proveedor, etc…

Danos a su vez atención a las víctimas de los accidentes laborales para poder reclamar las indemnizaciones que les correspondan por sus lesiones, frente a las personas o empresas responsables del accidente y sus aseguradoras.

Valoraremos la posibilidad de iniciar un expediente de invalidez, y le aconsejaremos al respecto, presupuestándole el coste de nuestra intervención.

TIPOS DE INDEMNIZACIONES LABORALES

Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo con lesiones siempre tendrá derecho a una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes en los casos en los que se produzcan unas secuelas que, sin ser tan graves como para incapacitarle para su desempeño, si le producen un perjuicio funcional o estético que supondrá una indemnización que será sufragada por la mutua de trabajo y, con independencia de si hubo algún tipo de negligencia por parte del trabajador.

Si el accidente se produjo en su totalidad o en parte por culpa de una omisión de medidas de seguridad, se podrá reclamar una indemnización por accidente laboral pero basada en el baremo de responsabilidad civil que es mucho más cuantioso

Existe la posibilidad de una tercera indemnización en los casos en los que las lesiones producidas por el accidente supongan una incapacidad permanente total. En estos casos habría que estudiar el convenio colectivo que regula la profesión del trabajador y poder reclamar la indemnización que dicho convenio establezca como obligatoria en casos de incapacidad.

Además de estas indemnizaciones por accidente de trabajo existiría la posibilidad de reclamar un recargo de prestaciones que supondría la obligación de la empresa de pagar al trabajador entre un 30% y un 50% de todas las prestaciones a las que tuviera derecho.Este recargo de prestaciones solo se consigue presentando denuncia en la inspección de trabajo, salvo en los casos en los que el accidente de trabajo se haya considerado grave o muy grave, en cuyo caso la inspección actúa de oficio.

VÍAS PARA RECLAMAR LAS INDEMNIZACIONES POR UN ACCIDENTE DE TRABAJO

Solo se reclaman por esta via los accidentes de trabajo de extrema gravedad o fallecimiento en los que la policía actua de oficio e inicia diligencias previas en los juzgados de instrucción para dilucidar si hubo algún tipo de delito contra la seguridad de los trabajadores. En estos caso es conveniente dejar al Juzgado que instruya las pruebas que considere pertinentes y una vez realizadas se decidirá como proseguir.

El resto de accidentes en los que no ha sido necesaria la intervención de la policía, lo normal es inicial un procedimiento de reclamación de la indemnización por vía social. Procedimiento rápido cuyo plazo lo determina el tiempo de curación del trabajador accidentado ya que no es conveniente presentar la demanda hasta que las lesiones están estabilizadas. una vez presentada la demanda el trabajador será reconocido por el medico forense del juzgado

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